Ya que no pudieron hacerlo por Ley en la ALP, le metieron por DECRETO…en sencillo, lo que querían hacer con el IVA a los…

Ya que no pudieron hacerlo por Ley en la ALP, le metieron por DECRETO…en sencillo, lo que querían hacer con el IVA a los servicios digitales, le echaron por Decreto.

Una característica del gobierno de Arce y la #EliteMasista es crear legislación contradictoria y tramposa. No entendemos la lógica en la cual se basan para lograr afectar a los ciudadanos productivos dentro del estado de derecho, sin embargo es política de su grupo el dirigir sus esfuerzos solo a una porción pequeña de quienes adoptan ese sistema legítimo. Y es que el Estado de Derecho es una ficción que nos obliga a vivir en armonía y bajo el cuidado de las organizaciones del gobierno democrático, ficción debilitada por las acciones irregulares y desequilibradas por un Ejecutivo sin cabeza y sin piernas, desmedidamente preocupado por recaudar impuestos porqué sus seguidores no aportarán voluntariamente ni obligados, y cada vez nos convencemos que la gente debe pagar menos impuestos en este país.

El Decreto Supremo Nº 4541, aprobado sin control social o publicidad (siempre demostrando temor al análisis profesional) añade al Régimen General tributario dentro, el reglamento del Impuesto al Valor Agregado «nuevos conceptos» para la recaudación de ese tributo, y es enfático, porqué quizás a la letra muerta no se note lo que va a suceder en manos de los responsables de la recaudación fiscal.



Se habla de la provisión de servicios continuos sujetos a medición o liquidación, y ellos mismos lo definen como: los servicios de energía eléctrica, telecomunicaciones, agua potable e hidrocarburos; su argumento principal para la emisión de ésta normativa directamente por el Ejecutivo (o sea gobernando por decretos) es que la Ley Nº 843 no prevé el tratamiento para la prestación de servicios continuos; el ajuste de los montos facturados en los servicios de energía eléctrica, telecomunicaciones, agua potable e hidrocarburos; ni la facturación por medios digitales.

Véase la inclusión de los Servicios Digitales en el Decreto, y tal como se hizo el análisis previo a este movimiento disimulado y tramposo, el Gobierno vuelve a avalar su intención de gravar innecesariamente las actividades de consumo, transformando al IVA en un bloqueador del consumo, y no a la venta propia de servicios, bajo la lógica del Decreto Supremo, ahora operativo mediante la RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102100000010 DE MODIFICACIONES A LA RND Nº 10-0021-16 SISTEMA DE FACTURACIÓN VIRTUAL de 30 de julio de 2021.

Las facturaciones por la prestación de servicios continuos en los servicios de energía eléctrica, telecomunicaciones, agua potable e hidrocarburos y servicios por medios digitales, ya estarían siendo operativamente fiscalizadas por la Administración Tributaria, y se habría logrado evitar el filtro de la ciudadanía, (como se logró en abril) para evitar que se adoptaran éstas medidas de exacción al habitante, suponiendo que esa fiscalización remarca fiscalizar los Servicios que pagamos de manera obligada, y, los Servicios Digitales.

Y ahora para que lo entiendan todos sin el filtro político: se aplicarán gravámenes al consumo de los servicios básicos, incrementando su cuantía por que los valores del IVA retenidos no serán válidos al crédito fiscal, se pagarán de manera obligada y producirá una inflación en todos los aspectos ya que subirán los precios de todo insumo, incluyendo los carburantes, y aunque no suba un centavo, el efecto dominó de los demás costos producirá un gasolinazo disimulado.

Quedamos advertidos.

#Bunkeros

Fuente: Agustín Zambrana en El Bunker