FFAA estaría evadiendo fiscalmente al SIN y hasta podría ser procesado por daño económico al Estado. Ahora vas hablar Mi…

FFAA estaría evadiendo fiscalmente al SIN y hasta podría ser procesado por daño económico al Estado. Ahora vas hablar Ministro de Defensa, o vas a seguir en silencio?

El D.S. 3025 de 14/12/2016 transforma a la Empresa “Transporte Aereo Militar” en una Empresa Pública Nacional bajo dependencia de la FAB y tuición del Ministerio de Defensa.

Al ser una Empresa Pública Nacional de acuerdo a la Ley 466 de 26/12/2013, pasó de ser una organización militar de responsabilidad limitada a una Empresa Pública, alcanzada con la obligación tributaria del Impuesto a las Transacciones al amparo del Art. 76 inc. D) de la Ley 843.



Por tanto con relación al Comunicado del Comando de la Fuerza Aérea, si bien el TAM puede transportar en sus capacidades y espacios disponibles a pasajeros y encomiendas conforme dispone el Art. 1 del D.S. 5143, esta actividad está alcanzada por el Impuesto a las Transacciones conforme señala el Art. 72 de la Ley 843, por tanto se debió emitir la Nota Fiscal correspondiente en fecha 07/8/2021 por la contraprestación realizada por el vuelo Chimore -Tarija -Chimore por el importe total de vuelo cerrado.

Según expertos tributarios Bunkeros, la FFAA a sabiendas del Ministerio de Defensa han cometido una transgresión evidente de la Ley por qué la no emision de una Nota Fiscal significa un delito y si se evidencia el dolo puede significar daño economico al Estado.

Fuente: Bunkeros



Fuente: Agustín Zambrana en El Bunker