El presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados, Juan José Jáuregui, sostuvo este miércoles que los decretos supremos 4640 y 4641 que determinan la presentación del carnet de vacuna para el ingreso a establecimientos públicos y privados, cumplen con los criterios constitucionales, y que la vacunación pasó de ser un derecho personalísimo, a ser un tema de interés colectivo.
«Lo pertinente, lo acertado, lo legal, lo formal, lo constitucional es que los bolivianos y bolivianas tengamos que entender que el tema de inmunización pasa de ser un derecho personalísimo a ser un tema de interés colectivo y, en consecuencia, no se puede privilegiar un derecho personal de un individuo sobre el derecho colectivo del resto de los bolivianos que estamos interesados por tener un escenario colectivo en el cual la gran mayoría estén inmunizados”, indicó.
Refirió que el artículo 35, parágrafo segundo de la Constitución Política del Estado, establece que el rol del Estado también es garantizar la salud pública de todos los bolivianos, y que en ese contexto deben priorizarse los derechos colectivos de la población.
“Ahora, tenemos más de 22 millones de vacunas a disposición de las bolivianas y bolivianos, en consecuencia, se prioriza el cumplimiento de los derechos colectivos en sujeción o mi derecho personalísimo se subordina al derecho colectivo de todos los bolivianos y las bolivianas”, apuntó.
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Al referirse a la Acción Popular presentada por algunos grupos que cuestionan la vigencia de las dos normas, recordó que existe un procedimiento constitucional que debe cumplirse y que será la autoridad jurisdiccional competente, la que determine sobre la constitucionalidad o no del reclamo.
“Existe un criterio fundamental dentro del Código de Procedimiento Constitucional, es el principio de presunción de constitucionalidad de la norma, entre tanto, esta no haya sido observada o señalada como inconstitucional o que esté violando algunos derechos constitucionales, que esté violando algún derecho fundamental que se encuentra en nuestra carta magna, se presume la constitucionalidad de estos decretos”, subrayó.
Fuente: ABI