Para los iluminados que critican a la Asambleísta Paola Aguirre por decir que la Asamblea “No tienen pito que tocar” por no responder a las dos consultas realizadas por el Vice Gobernador Aguilera respecto a la Ausencia Temporal del #Gobernador , calificando de incompetentes o incapaces a los Asambleístas, hago esta aclaración a fin de evitar desinformación:
-La Asamblea Legislativa es un poder constituido por el Estatuto Autonómico de Santa Cruz
-Las atribuciones de la Asamblea Legislativa están descritas en el Art. 16 de dicho Estatuto y en ninguna de sus 20 atribuciones está la de interpretar el Estatuto. Por ende es evidente que la Asamblea “NO TIENE PITO QUE TOCAR” en la interpretación que le solicita el Vicegobernador, porque no es de su competencia.
-No hay en el presente caso una ley Departamental de interpretación normativa que emane del Legislativo, que desarrolle la forma de operatizar el art. 25, ni el 26 del Estatuto, para su aplicación y cumplimiento, por ende se hace más evidente la falta de competencia para interferir del Legislativo Departamental.
Ahora bien, sí es evidente que la Asamblea Legislativa Departamental es el órgano depositario de la soberanía popular, pero también es evidente y está estatuido la separación y coordinación de funciones entre el Legislativo y el Ejecutivo a fin de garantiza el equilibrio poderes, la institucionalidad y del equilibrio interorgánico del Gobierno departamental, salvaguardando el principio de prohibición de monopolio del Poder Público; por ende NO se le puede arrojar la Asamblea Legislativa Departamental facultades que el Estatuto NO RECONOCE a ese órgano deliberativo, sobre la interpretación de las funciones del Ejecutivo Departamental
ppdRtv