Los artículos 3 y 4 de la «Ley que regula los efectos de la censura determinada por la Asamblea Legislativa Plurinacional», del 1 de diciembre de 2020, son declarados inconstitucionales por el TCP, lo artículos hacen mención a la censura y la destitución.
Esto quiere decir que el ministro que sea censurado en la ALP no está obligado a ser destituido.
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Fuente: DTV
