! Que velocidad 💨 !
DEL ERROR DE BIENES INMUEBLES A LA RAPIDEZ DEL CONCEJO MUNICIPAL
❌Andrea Daza se enfrenta a Nelson Crapuzzi y está dispuesta a ir a la cárcel en defensa del Mutualista pero no se lo va a dar. Lo dejó dicho y muy claro en la Interna municipal. La defensa de Nelson Crapuzzi jura que va la a procesar en la justicia ⚖️.
La secretaria de Planificación, Andrea Daza, dijo 🗣️que el Gobierno Municipal sigue defendiendo la propiedad que es un bien del Estado, y además un bien municipal.
Sigamos en la historia 👁️🗨️
Mientras que en el Ejecutivo hubo error y lentitud en la enmienda, a pesar de los antecedentes de la pérdida del litigio por este predio, en el Concejo hubo golpe certero y rapidez a la hora de abrogar la Ley 417/2016.🤔
Lola Terrazas apuntó 🫵🏼La vicepresidenta del concejo, hizo notar que después de abrogar la norma que declaraba el Mutualista como predio de dominio municipal, ese mismo día, en menos de 24 horas, se promulgó la ley abrogatoria. ¡ ayyy caramba !
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“ ¡ Qué velocidad !…
Y encima resulta que, esta ley abrogatoria, los abogados de Crapuzzi ya la hicieron conocer al TCP para que deje sin efecto la revisión de la Sala Constitucional Tercera”. “Eso es gravísimo”
lanzó.🏹 la concejal. F:ED.
El ojo 👁️ lo puso sobre el concejal 🍊 Juan Carlos Medrano. Lo que encontró en el acta. “El concejal Medrano insistió en la abrogación porque se venían otras consecuencias judiciales”, por no abrogarse la 417/2016. Porque la Sala Constitucional daba un plazo de 24 horas para este actuado.
Por último Lola Terrazas presentó un recurso 📝de control de legalidad, busca recuperar el mercado Mutualista como propiedad municipal.
🎯Como parte de su fundamentación, afirma que el Órgano Legislativo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, una vez notificados los concejales con la Resolución Constitucional 187/2023, debió hasta tres días después de notificados, elevar una queja por sobrecumplimiento al Tribunal Constitucional Plurinacional conforme l ACP 0037/2019-O de 2 de septiembre y el ACP 0012/2019-O y no abrogar la ley 417/2016 mediante ley Autónoma Municipal 1692/2024, incurriendo, como accionados, a un sobrecumplimiento de una acción tutelar ya que ésta se encontraba aún en revisión por el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Parte 3️⃣
Fuente: Mauricio Porras Periodista
