El asesor de Gestión de la Gobernación, Efraín Suárez manifiesta que la asamblea legislativa ahora tiene en sus manos definir los mecanismos en qué se puede aplicar la suplencia pero que no hay argumentos jurídicos que obliguen a Luis Fernando Camacho a dejar el cargo porque el término ausencia solo se encuentra en el código civil y es cuando una autoridad se ausenta por dos años sin paradero conocido.
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Fuente: DTV
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