El Ministerio de Trabajo recordó a las entidades del sector público y privado, que se encuentra en vigencia el Decreto Supremo 4570 que establece la aplicación e implementación de las condiciones especiales de teletrabajo y el trabajo a distancia.
La ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social, Verónica Navia, explicó que ese Decreto se encuentra en vigencia desde el mes de agosto 2021 para la aplicación de la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia de forma voluntaria.
En radio Patria Nueva, explicó que el teletrabajo requiere que una persona esté conectada a las tecnologías de información de forma constante y el trabajo a distancia no requiere el uso permanente de las tecnologías de información, que son solicitadas particularmente cuando una persona presenta síntomas de Covid-19 y no confirmó la positividad.
“Las trabajadoras y trabajadores del sector privado y las servidoras y servidores públicos que se sujeten a las condiciones especiales de teletrabajo o trabajo a distancia, no podrán sufrir afectación en sus condiciones laborales”, indica un comunicado del Ministerio de Trabajo.
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La Ministra añadió que se trata de una medida que no vulnera ningún derecho como el bono refrigerio y no es causal para despido o desvinculación.
La autoridad de trabajo, explicó que cuando una persona cuenta con baja médica debe ser respetada y no precisamente debe continuar con teletrabajo o trabajo a distancia.
Fuente: ABI